Situación
- Tenerife
es la mayor de las siete islas que componen
el Archipiélago Canario, situado
entre los paralelos 28º y 29º
N y los meridianos 16º y 17º
W.
Las otras islas canarias son, por orden
de cercanía a la costa africana,
Lanzarote, Fuerteventura, Gran Canaria,
La Gomera, La Palma y El Hierro.
Tenerife se encuentra ubicada en el
centro del archipiélago, entre
Gran Canaria y La Gomera, a unos trescientos
kilometros del continente y a unos 1.500
de la Península Ibérica.
Las Islas Canarias cuentan también
con seis islotes, de los cuales el único
no habitado es La Graciosa, muy cercano
a Lanzarote, isla a la que pertenece
administrativamente.
Información
Administrativa -
Las Islas Canarias forman una de las
diecisiete Comunidades Autónomas
del Estado Español. Están
integradas, como el resto del territorio
de la nación, en la Comunidad
Económica Europea, aunque manteniendo
algunas especificidades distintas a
las de otros territorios comunitarios,
debido a su lejanía, a sus características
económicas - por ejemplo, en
el archipiélago no se aplica
el IVA - y a sus tradiciones históricas.
La
capital política está
compartida por las dos grandes urbes
de las islas mayores, Santa Cruz de
Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria,
y la sede de la Presidencia del Gobierno
Autónomo rota entre ambas ciudades
por períodos de cuatro años,
cambiando tras cada consulta electoral.
La ubicación física del
Parlamento de Canarias, compuesto por
sesenta diputados, se halla en Santa
Cruz de Tenerife, en pleno centro de
la ciudad y en su zona más transitada
y comercial. Cada
una de las islas del archipiélago
cuenta además con un órgano
de gobierno propio, llamado Cabildo
Insular.
El
Cabildo de Tenerife en la Plaza de España
es el órgano de gobierno de la
isla de Tenerife (Canarias).
Se constituyó el 16 de marzo
de 1913 en Santa Cruz de Tenerife, en
una sesión celebrada en el Ayuntamiento
de la ciudad, quedando elegida a su
vez, la primera corporación.
El Cabildo de Tenerife, al igual que
los otros cabildos de Canarias posee
una serie de competencias propias recogidas
en el Estatuto de Autonomía de
Canarias así como una serie de
competencias delegadas de los demás
órganos de administración
territorial. |