El Gobierno establece las fiestas propias de la Comunidad
Autónoma para el año 2008
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio, ha aprobado el Decreto por el que se declaran las fiestas propias de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2008, y se abre el plazo para fijar las fiestas locales. Los ayuntamientos canarios dispondrán de un mes, a partir de la publicación del Decreto aprobado por el Gobierno canario, para comunicar sus propuestas de fechas para las fiestas locales.
El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto 1/1995, de 24 de marzo, establece que las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar las fiestas que por tradición le sean propias, sustituyendo para ello las fiestas de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente, y, en todo caso, las que se trasladen al lunes al coincidir la fiesta con domingo.
Es por ello que la fiesta correspondiente al 30 de mayo, día de Canarias, se hará en sustitución del descanso laboral correspondiente a la fiesta del 13 de octubre, lunes (por traslado de la fiesta nacional de España, que en el calendario de 2008 está prevista para el domingo 12 de octubre). Asimismo, el descanso laboral correspondiente a la fiesta del 6 de enero, Epifanía del Señor, se traslada al lunes 7 de enero.
Los Cabildos, en calidad de órganos de gobierno insulares, considerando la personalidad de cada isla, su realidad geográfica, humana, sociológica, económica y administrativa, tal y como se reconoce en la Constitución Española, en el Estatuto de Autonomía de Canarias y en la Ley de Bases de Régimen Local, han propuesto las fiestas que por tradición son propias a cada una de ellas, sustituyendo para ello la fiesta correspondiente a Santiago Apóstol (25 de julio).
Los días inhábiles, efectos laborales, con carácter retribuido y no recuperables en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias durante el año 2008 serán los siguientes:
1 de enero, Año Nuevo 7 de enero, Epifanía del Señor
20 de marzo, Jueves Santo 21 de marzo, Viernes Santo
1 de mayo, Fiesta del Trabajo 30 de mayo, Día de Canarias
15 de agosto, Asunción de la Virgen 1 de noviembre, Todos los Santos
6 de diciembre, Día de la Constitución 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor
En las islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, la fiesta del 25 de julio (Santiago Apóstol) queda sustituida por las siguientes:
– El Hierro: 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes.
– Fuereteventura: 20 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña.
– Gran Canaria: 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino.
– La Gomera: 6 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe.
– Lanzarote: 15 de septiembre, Virgen de los Dolores, Nuestra Señora de los Volcanes.
– La Palma: 5 de agosto.
– Tenerife: 2 de febrero, Nuestra Señora de la Candelaria.