¿Vas a alquilar una casa? Infórmate de los seguros de alquiler ¿Vas a alquilar una casa y el propietario te ha exigido una fianza o un seguro?
¿Sabes en qué consiste este requisito de las fianzas o de los seguros de impago de alquiler y cuál es su finalidad? En este artículo despejaremos todas tus dudas respecto a la garantía en el contrato de arrendamiento y también te daremos a conocer los derechos y obligaciones de los inquilinos y propietarios respecto a este tipo de garantía y seguros de impago del alquiler.
¿Para qué se utiliza el seguro de alquiler en el contrato de arrendamiento?
Según lo previsto en la ley, la fianza es una forma de garantía que se exige cuando se celebra un contrato entre partes. Este tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los requisitos contractuales y es devuelto a la entidad o persona que lo pagó al término del contrato, previo cumplimiento de estos mismos requisitos. Adicionalmente y desde solo unos 200 euros al año puedes garantizarte el cobro del alquiler para alquileres de unos 450 euros mensuales, esta cuota asciende si el importe es mayor, pero siempre de forma proporcionada.
La fianza es un requisito muy habitual en los contratos de alquiler de viviendas, solicitado por el arrendador con el que se firma el contrato.
Se trata de una forma de garantía para asegurar la responsabilidad del arrendatario frente al patrimonio del arrendador, protegiéndolo de posibles situaciones de incumplimiento que pueden traducirse en retrasos en el pago de la renta, negativa a abandonar puntualmente el inmueble en caso de resolución o renuncia del contrato, daños por uso imprudente, trabajos no autorizados, entre otros…
El valor del depósito de seguridad se define mediante negociación entre ambas partes y sus condiciones se establecen en el contrato de arrendamiento.
Si no hubiere mora por parte del arrendatario durante el tiempo en que resida en la vivienda que produzca perjuicio para el arrendador, este está obligado a devolver íntegramente la cantidad depositada.
No obstante, en caso de incumplimiento por parte del arrendatario, el arrendador tiene derecho a quedarse con parte o la totalidad del importe del depósito para cubrir los daños causados, tales como daños a la propiedad o equipo o gastos de bienes y servicios. Un seguro de garantía de alquiler garantiza que el propietario cobrará su mensualidad…
Si los daños no superan el valor de la fianza, el propietario debe devolver el resto al arrendatario y presentar prueba de los gastos que tuvo que soportar.
Si ocurre lo contrario y los daños por la pérdida exceden el valor del depósito de seguridad, el arrendador retiene la misma cantidad en su totalidad y también puede exigir al arrendatario el pago de los gastos restantes incurridos en la reparación del daño. Con un seguro de impago de alquiler, serrá el seguro el que se ocupara de recuperar tu vivienda, así pues en caso de impago y de que cobres por la renta impagada, ellos te garantizan cobrar ese dinero. Además, si el moroso te ha causado en la vivienda o local desperfecto de cualquier tipo, te compensan por los daños sufridos.
¿Qué garantías pueden servir como garante?
Por regla general, las pérdidas asociadas a los retrasos en el pago de las cuotas difícilmente quedan cubiertas por el valor de la fianza, ya que pueden durar varios meses, y además se suman a una indemnización del 50% del valor del alquiler.
Una de las formas de hacer que el propietario esté más seguro ante un posible retraso en el pago del alquiler podría ser establecer el monto del depósito en seis o siete veces el monto del alquiler. Sin embargo, difícilmente un inquilino aceptaría esta condición.
Existen, por tanto, otras formas de garantía que se pueden exigir al arrendatario, como la utilización de avalista, seguro de rentas o avales bancarios. Estas tienen por objeto garantizar al arrendador el pago de un determinado número de rentas, normalmente correspondientes a seis meses, quedando el arrendatario en deuda con la persona o entidad con la que pactó esa misma garantía.
Es importante comprender la diferencia entre el alquiler por adelantado y el depósito de seguridad. La renta anticipada se paga al arrendador como parte del contrato de arrendamiento.